Ortopedia
Prestaciones por Material Ortoprotésico
La prestación por material ortoprotésico, es una prestación complementaria de la asistencia sanitaria destinada a los mutualistas y demás beneficiarios que precisen la utilización de determinados productos sanitarios de uso externo relacionados en el Catálogo General de Material Ortoprotésico.
La prestación ortoprotésica comprende:
- Prótesis externas (productos sanitarios que requieren una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigidas a sustituir un órgano o parte de él, no precisan la implantación quirúrgica en el paciente).
- Sillas de ruedas (vehículos individuales para favorecer el traslado de personas que han perdido, total o parcialmente y de forma permanente, la capacidad de deambulación y que sean adecuados a su grado de invalidez).
- Ortesis (productos sanitarios de uso externo no implantables que, adaptados individualmente al paciente, se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto).
- Prótesis Especiales (aquellas que, no correspondiendo por sus características a ninguno de los apartados anteriores, se encuentran incluidas en el Catálogo General de Material Ortoprotésico).
Cuantía
Determinada en el Anexo I (Catálogo General de Material Ortoprotésico) de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio.
Beneficiario
Los mutualistas en alta o situación asimilada y sus beneficiarios.
Plazo de presentación
El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura de adquisición del material ortoprotésico. La prescripción se interrumpirá, además de por la reclamación ante la Mutualidad General, por las causas ordinarias establecidas en el artículo 1973 del Código Civil.
Como entendemos que la tramitación puede resultar complicada, desde nuestra experiencia le ayudamos en todos los pasos de la tramitación.
Teléfono
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Dirección
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